EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA 2993

 

ARTICULO 1º: Condonase la deuda que en concepto de Tasa por Alumbrado, Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, posee el inmueble individualizado como: CIRCUNSCRIPCION VI – SECCION B – MANZANA 26-A – PARCELA 44 – PARTIDA Nº 3788-2.

ARTICULO 2º: Dicha condonación abarcará los períodos comprendidos entre la cuota 2 del año 2000 y hasta la cuota 5 del año 2002 inclusive.

ARTICULO 3º: Facúltese al Sr. Intendente Municipal para que a través de la Subdirección de Asuntos Legales formule el desistimiento en el juicio de apremio caratulado “MUNICIPALIDAD DE CORONEL ROSALES C/CANNELLO ALVISO S/APREMIO” Expte. Nº 25.222/05 en trámite por ante el Juzgado de Paz Letrado de Coronel Rosales, de los períodos que han sido condonados.

ARTICULO 4º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

DADA EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL SEIS.