EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE:

ORDENANZA 2842

 

Artículo 1º : Acéptase el legado efectuado por la Sra. Juana Iglesias a favor del Hospital Municipal “Eva Perón” del inmueble de su propiedad designado catastralmente como circunscripción: VI, Sección A, Manzana 20, Parcela 41, Inscripto en la matrícula Nº 2887 del Partido de Coronel Rosales ( 113).-

Artículo 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo, a la enajenación del referido inmueble, conforme a las disposiciones de la Ley Orgánica de las Municipalidades y Decreto Ley Provincial 9533/80, con cargo de oportuna rendición de cuentas de que el producido de la venta sea destinado a la adquisición de bienes destinados al Hospital Municipal “Eva Perón” , del tipo equipamiento medico hospitalario, exclusivamente.- 

Articulo 3º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar en el Presupuesto vigente las adecuaciones presupuestarias que demande la aplicación de lo dispuesto en los artículos precedentes. -

Articulo 4º: Se deberá colocar una placa identificatoria, en el/los equipos que se adquieran conforme lo indicado en el artículo 2º, con el siguiente texto:
                        “ Equipo donado por la Sra. Juana Iglesias ( 1925 – 2000)”
                                               Expediente 5501/2000 

Artículo 5º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho Archívese             
                 


SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS  DOCE  DIAS DEL MES  DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOS.