EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 2638
Artículo 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a rescindir el contrato de locación suscripto con la Sociedad Italiana de Socorros Mutuos “Unión y Progreso” de Punta alta, de fecha noviembre de 1.997.
Artículo 2°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir contrato innominado con la Sociedad Italiana de Socorros Mutuos “Unión y Progreso” de Punta Alta, en el que ésta cede el derecho de uso y goce de las instalaciones del Cine Teatro colón, ubicado en calle Rivadavia N° 447 de esta Ciudad, por un período de cinco años.
Artículo 3°: El Municipio asume como contraprestación por la cesión antes mencionada, el otorgamiento de un subsidio de PESOS OCHENTA MIL ($ 80.000.-), para ser destinado a la refacción y reacondicionamiento del inmueble conforme a Anexo I, que se adjunta y forma parte del presente.
Artículo 4°: A los efectos de financiar el concepto dispuesto en el Artículo 3°, autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias que se detallan:
a)- Ampliar la Partida del Presupuesto vigente: Transferencias Corrientes, Finalidad V, Programa III, 1-3-0-3-0-0: Otros Subsidios, por un importe de PESOS OCHENTA MIL ($ 80.000.-).
b)- Financiar la ampliación dispuesta en el inciso anterior, con economías a tomar de la Partida Amortización de la Deuda, Finalidad I, Programa II, 2-7-0-11-0-0: Préstamos Programa Fortalecimiento Municipal; por un importe de PESOS SESENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS ($ 65.600.-), y la Partida Bienes y Servicios Finalidad I, Programa 2, 1-1-2-1-0-0: Alquileres y Arrendamientos, por un importe de PESOS CATORCE MIL CUATROCIENTOS ($ 14.400.-).
Artículo 5°: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.