EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL ROSALES SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA 4471

 

Artículo 1º: Modifíquese la Ordenanza Nº 3.303, la cual quedará redactada de la siguiente manera:

“Artículo 1°: Créase el “Programa Municipal de Prevención contra el Monóxido de Carbono”, el cual tendrá por objeto promover y fortalecer los canales de información, difusión y concientización sobre los riesgos, síntomas, consecuencias y medidas preventivas vinculadas a las intoxicaciones por dicho gas”.

Artículo 2°: El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Dirección de Protección Ciudadana y Defensa Civil, o el área que en el futuro la reemplace, llevará adelante campañas de prevención y concientización sobre los riesgos del monóxido de carbono, en el marco del programa creado por el Artículo 1° de la presente. Dichas campañas deberán iniciarse durante los días previos al comienzo de la estación otoñal de cada año y extenderse, como mínimo, hasta la finalización de la temporada invernal. A tales fines, deberá brindarse a la población información clara, accesible y preventiva a través de los portales web oficiales, aplicaciones vinculadas al Municipio, dependencias municipales y todo otro medio de difusión que el Departamento Ejecutivo considere pertinente.-

Artículo 3°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza”.-

Artículo 2°: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-

 

SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS.