EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL ROSALES SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA 4455
Artículo 1º: Modificase el inciso 2 del artículo 23 de la Ordenanza Nº 4384, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Inciso 2: Quedarán exceptuados del cumplimiento de los horarios establecidos en la presente los espectáculos públicos que se realicen en la localidad de Pehuén Co contemplados en la Ordenanza Nº 4277 y sus modificatorias, siempre que respeten los decibeles de ruidos máximos establecidos en la presente”
Artículo 2°: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS.