EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL ROSALES SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA 4381


Artículo 1º: Crease la Comisión de Seguimiento del Fondo de Financiamiento Educativo en el Distrito de Coronel Rosales.

Artículo 2°: La Comisión de Seguimiento del FFE funcionará en el ámbito del Honorable Concejo Deliberante y tendrá como objetivo colaborar con el Departamento Ejecutivo para evaluar las prioridades en la distribución de los fondos ingresados en la cuenta afectada al Fondo Educativo.-

Artículo 3°: Las funciones de la Comisión de Seguimiento del Fondo Educativo serán: 
a) Emitir un documento sobre las prioridades de inversión que presente el Sistema Educativo en el ámbito del distrito de Coronel Rosales. 
b) Elaborar un informe anual respecto a los objetivos cumplidos en cada ejercicio y emitir un documento/informe sobre las urgencias respecto del año lectivo entrante.
 c) Promover la elaboración de datos cuantitativos acerca de la situación de infraestructura de los establecimientos educativos en la ciudad para la elaboración de diagnósticos en relación con el tema. 
d) Proponer acciones coordinadas entre la comisión y el Departamento Ejecutivo para garantizar la articulación. 
e) Velar por la correcta utilización de los recursos provenientes del Fondo de Financiamiento Educativo.
 f) Convocar a las autoridades, instituciones, entidades o a quienes se considere pertinente en función del tratamiento de estas temáticas con relación a la educación. 

Artículo 4°: La Comisión de Seguimiento del Fondo Educativo será presidida por quien presida el Honorable Concejo Deliberante, quien a la vez representará su espacio político. 
La Comisión estará integrada de la siguiente forma: 
I.    Un concejal de cada espacio político,
II.    Un representante de cada bloque integrado del Consejo Escolar, 
III.    Un representante del Departamento Ejecutivo. 
IV.    Un representante del sector de Obras Públicas, 
V.    Jefatura distrital en representación del Sistema educativo.  
VI.    Un representante de cada Gremio de trabajadores de la educación. 
VII.    Un inspector de Infraestructura distrital. 

Artículo 5°: El Departamento Ejecutivo deberá facilitar a la Comisión toda información referida al FFE que ésta solicite.

Artículo 6°: La Comisión se reunirá en forma mensual para el tratamiento y seguimiento del avance de los temas y elaborará un acta correspondiente a cada encuentro asentando los temas tratados y el orden del día de la próxima reunión. Los días y horarios de encuentro serán consensuados y fijados por los miembros de la Comisión en el marco de su funcionamiento.-

Artículo 7°: La Comisión deberá elaborar un informe trimestral en donde se evalúe la evolución de la ejecución del Fondo. Dicho informe será de carácter público.- 

Artículo 8°: La Comisión podrá invitar a participar a Equipos de Conducción de los establecimientos educativos según los temas a tratar.-

Artículo 9º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-

 

SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.