EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL ROSALES SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA 4373


ARTÍCULO 1º: Declarar Duelo Municipal por el lapso de dos (2) días, ante el deceso de cada ciudadano rosaleño Veterano de Guerra y ex Combatiente de la Guerra por la recuperación del ejercicio de la soberanía de las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982.

ARTÍCULO 2º: Permanecerán izadas a media asta, en señal de duelo, la Bandera Nacional, la Bandera Provincial y la Bandera Municipal en la Plaza General Manuel Belgrano de la ciudad de Punta Alta. 

ARTÍCULO 3º: Se invitará a todas las instituciones del Distrito de Coronel Rosales a adherirse a la propuesta fijada en los artículos precedentes. 

ARTÍCULO 4º: La Autoridad de aplicación será la Dirección de Coordinación y Gestión o la que a futuro la reemplace. La misma será la encargada de recibir las notificaciones de los decesos y comunicarlos al resto de las instituciones. 

ARTÍCULO 5º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.