EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL ROSALES SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA 4343
Artículo 1º: Disponer dentro del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales espacios de estacionamientos exclusivos o con prioridad para los Veteranos de Guerra de Malvinas (VGM), los que quedarán comprendidos por los siguientes espacios:
• Primer sector delimitado en el estacionamiento en dársena de la Plaza General Belgrano, sobre calle Rivadavia al 500.
• Primer sector delimitado en el estacionamiento en dársena del Hospital Municipal Eva Perón, sobre calle Uriburu al 600.
Quedaran exceptuados, donde correspondiere, del pago del estacionamiento medido establecido en la Ordenanza Fiscal vigente.
Artículo 2º: Aprobar la señalética de estacionamiento, que deberá ubicarse de forma visible para identificar los espacios de estacionamiento vehicular de uso exclusivo o con prioridad para Veteranos de Guerra de Malvinas.-
Artículo 3°: Modifíquese el Artículo 11° de la Ordenanza 3405, incorporando el siguiente inciso:
f) Veteranos de Guerra de Malvinas.-
Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS DOCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.