EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA 4104


Artículo 1º: Modifíquese el Artículo 2º de la Ordenanza 4043 “Comisión del 40° Aniversario de la Gesta de Malvinas”, el cual quedaría redactado de la siguiente manera:

“Artículo 2°: Dicha Comisión estará conformada por:  
-  2 (dos) representantes del Departamento Ejecutivo; 
- 1 (un) representante de cada bloque político que conforma el Honorable Concejo Deliberante; 
-  1 (un) representante de la Armada Argentina; 
-  1 (un) representante de Jefatura Distrital;
- 1 (un) representante del Centro de Veteranos de Guerra y familiares de caídos en Malvinas; 
- 1 (un) representante de la Asociación Civil Enfermeras H.N.P.B. 1982 por Malvinas;
- 1 (un) representante de Asociación Última Tripulación del Crucero ARA General Belgrano;
-  1 (un) representante de Peña Veteranos de Guerra 2 de Abril de 1982;
- 1 -Un representante de la Agrupación Generación Malvinas, perteneciente al Centro de Veteranos de Guerra y Familiares de Caídos en Malvinas; 
- 1(un) representante de la de la “Agrupación veteranos de Guerra de Malvinas de la Base Naval puerto Belgrano”.

Artículo 2º: Modifíquese el Artículo 3º de la Ordenanza 4043 “Comisión del 40° Aniversario de la Gesta de Malvinas”, el cual quedaría redactado de la siguiente manera:

“Artículo 3°: Determinase que la Presidencia y la Vicepresidencia de la Comisión mencionada será elegida por votación entre sus integrantes, quienes habrán de reglamentar su propio funcionamiento, disponiendo días, hora y lugar de reuniones, entre otras consideraciones”.-

Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.


SANCIONADA EN SESIÓN EXTRAORDINARIA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.