EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA 3923


Artículo 1º: Adhiérase el Partido de Coronel Rosales a las disposiciones de la Ley Provincial Nº 15.134 “Ley Micaela de capacitación obligatoria en género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado”.-

Artículo 2º: Desígnese a la Secretaría de Desarrollo Social, a través del Area de Políticas de Género, para llevar adelante las capacitaciones en el marco de la Ley Micaela, quienes deberán elaborar un programa propio o utilizar los programas, cursos u otras plataformas de capacitación diseñados por el Ministerio Nacional de las Mujeres, Géneros y Diversidad.-

Artículo 3º: Envíese, dentro del plazo de seis meses de sancionada la presente Ordenanza, el plan de capacitación y sus respectivas actualizaciones al Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad para que realice sugerencias y/o modificaciones.-

Artículo 4º: Arbítrense los medios necesarios para llevar estadísticas del grado de cumplimiento de las capacitaciones actualizadas anualmente, informando la nómina de autoridades municipales que se han capacitado, incluyendo indicadores de evaluación cualitativa sobre el impacto de las capacitaciones realizadas. Dicho informe anual será publicado en la página web oficial de Rosales Municipio, en pos de garantizar el acceso público.- 

Artículo 5º: Instruméntese los mecanismos necesarios para la aplicación de la presente.-

Artículo 6°: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-


SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.