EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA 3909
Artículo 1°: Dispóngase que los bancos y demás entidades financieras de Coronel Rosales coloquen recipientes y los mantengan provistos con alcohol en gel en todos los cajeros automáticos de sus sucursales.-
Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo a través del área que defina queda facultado para promover el control de esta norma.-
Artículo 3º: El incumplimiento de la presente por parte de las entidades indicadas en el Art.1 será sancionado con multa de DIEZ (10) a CINCUENTA (50) módulos.-
Artículo 4°: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-
SANCIONADA AD REFERENDUM POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS
MIL VEINTE.