EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA 3791

 

Artículo 1º: Todos los vehículos municipales deberán tener identificación del área o dependencia municipal a la que pertenezca debiendo la misma ser clara, destacada en su tamaño, indicando la Leyenda “VEHICULO MUNICIPAL CORONEL
ROSALES” y el nombre de la Secretaría o área a la que está afectado.-

Artículo 2º: En el caso de automóviles, maquinarias y camiones, la señalización deberá estar ubicada en las puertas delanteras de cada vehículo.-

Artículo 3º: La forma específica de las identificaciones aludidas deberán ser establecidas por el Departamento Ejecutivo en el momento de la reglamentación de esta Ordenanza debiendo respetar los principios del Artículo 1º y que se destaque la misma de acuerdo al color de la unidad vehicular.-

Artículo 4º: La presente Ordenanza deberá ser puesta en vigencia a los sesenta días de la promulgación de la presente.-

Artículo 5º: El Departamento Ejecutivo deberá publicar en el portal web oficial el listado de vehículos municipales y sus respectivos dominios a los efectos del control vecinal y la toma de conocimiento comunitaria del patrimonio público.-

Artículo 6º: Autorícese al Departamento Ejecutivo a realizar los movimientos de partidas presupuestarias necesarias a los fines de la implementación de la presente.-

Artículo 7º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.