EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA 3771

modificada por ordenanza nº 3850

 

Artículo 1º: Obligase a los dueños de salones de fiesta y a los titulares de locales comerciales que se dediquen a la venta de relojes, insumos de computación y electrónica en general y operen con pilas o baterías conocidas como “botón” dentro del
Partido de Coronel Rosales, a recopilar las mencionadas y realizar un almacenamiento separado de las mismas.-

Artículo 2º: Incorpórese a la Ordenanza 1999, Código de Faltas Municipal, el Artículo 71º Bis, imponiendo respecto a la disposición de pilas o baterías denominadas “botón”, las siguientes sanciones:
a) Primera verificación de incumplimiento: llamado de atención.
b) Segunda verificación de incumplimiento multa de 5 a 10 módulos.
c) Tercera verificación de incumplimiento multa de 50 a 100 módulos (reincidencia).-

Artículo 3°: (Modificado por Ordenanza 3850) La municipalidad de Coronel Rosales, a través de la autoridad de aplicación de la presente, establecerá y comunicará al inicio de cada año calendario las fechas para que los sujetos indicados en el Artículo 1º procedan a realizar el traslado de las pilas o baterías conocidas como “botón” a la dependencia municipal que se le indique para el tratamiento y su disposición final. A tal fin, y en forma conjunta con estas acciones podrá también realizar campañas de concientización sobre la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: (incorporado por ordeananza 3850) Los sujetos indicados en el Artículo 1º que no cumplieren total o parcialmente lo dispuesto en la presente Ordenanza, serán sancionados con multa de CINCO (5) a TREINTA (30) módulos y/o inhabilitación y/o clausura de hasta DIEZ (10) días

Artículo 5º: La presente tendrá vigencia a partir de su promulgación.-

Artículo 6º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.