EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA 3755
Artículo 1º: Adhiérase a las leyes 27.130 – Nacional - y 14.991 de la Provincia de Buenos Aires y sus respectivas modificatorias y reglamentaciones.
Artículo 2º: La Municipalidad de Coronel Rosales adoptará las acciones que resulten menester a fin de garantizar la realización de los procedimientos establecidos en las normas mencionadas en el artículo 1º de la presente, disponiéndose a su vez la declaración de la segunda semana del mes de Septiembre de cada año como la semana municipal de la PREVENCION DEL SUICIDO, en consonancia con las acciones preventivas fijadas por la OMS para el día 10 de Septiembre, debiendo disponerse desde las Secretarias de Salud y de Acción Social el despliegue de acciones de concientización y prevención pública sobre los alcances de la problemática del suicidio.
Artículo 3º: Remítase copia de la presente Ordenanza a la Gobernadora de la Provincia de Buenos Aires y a los Ministros de Salud de la Provincia de Buenos Aires y de la Nación.
Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.