EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA 3753

 

Artículo 1º: La Municipalidad de Coronel de Marina Leonardo Rosales facilitará la copia de un plano estándar de nicho para hasta dos (2) ataúdes a aquellos herederos que lo soliciten y que no puedan afrontar los gastos del mismo de manera particular. Para demostrar tal circunstancia deberán cumplir alguna de las siguientes condiciones:
a) Tanto en aquellos casos en que el fallecido viviera solo, como en aquellos casos en que estuviera casado y/o en unión convivencial el monto de dicho grupo familiar no deberá superar dos (2) salarios mínimos vitales y móviles.-
b) Que el causante haya sido adjudicatario en vida de alguna asignación o beneficio social.

Artículo 2º: La autoridad de aplicación de esta Ordenanza será la Secretaría de Obras y Servicios y Planeamiento.-

Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.