EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA 3737

 

Artículo 1º: Promuévase el uso de preservativos como único método de prevención del Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH), infecciones de transmisión sexual (ITS), como así también embarazos no planificados, bajo el lema “Usarlo es Cuidarse”.-

Artículo 2º: La autoridad de aplicación de la presente norma realizará las gestiones pertinentes para proveer a todos los locales bailables conocidos como boliches y/o pubs, de esta ciudad, de un dispenser, que es un dispositivo que puede fijarse a la pared y que mantiene los preservativos a la vista de los usuarios, para que dispongan de ellos libremente.-

Artículo 3º: Los dispenser mencionados deberán colocarse en el interior del local bailable y o pubs, debiendo contener folletos informativos a cerca de la prevención de enfermedades de transmisión sexual.-

Artículo 4º: La autoridad de aplicación será la que designe el Departamento Ejecutivo Municipal en coordinación con los dueños de los locales bailables. Se le solicitara la colaboración para dar difusión a cerca de la ubicación de los dispenser en el interior del local, como así también realizar las gestiones pertinentes a fin de proveer cada fin de semana, de preservativos a los mismos.-

Artículo 5º: Facúltese al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias.-

Artículo 6º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.