EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA 3371
Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a otorgar beneficios a las empresas y/o empresarios que sean contribuyentes de la Tasa de Seguridad e Higiene, y con domicilio comercial en el Distrito de Coronel de Marina Leonardo rosales, que participen en misiones comerciales al exterior, equivalente al ciento por ciento (100%) del importe de un pasaje aéreo ida y vuelta al lugar de la misión.
Artículo 2º: El beneficio mencionado en el Artículo 1º podrá ser deducido del pago de la Tasa de Seguridad e Higiene hasta su otorgamiento en los vencimientos que operen dentro de los doce (12) meses siguientes a la fecha de inicio de la misión comercial.
Artículo 3º: Para gozar del beneficio mencionado en el Artículo 1º de la presente, el contribuyente deberá acreditar fehacientemente su participación en la misión comercial, siendo condición obligatoria no tener deuda alguna con el Municipio de Coronel Rosales al 1º de enero del año en el cual se solicita el beneficio.
Artículo 4º: A efectos de obtener el beneficio del Artículo 1º de la presente, la misión comercial deberá ser declarada de interés por el Departamento Ejecutivo.
Artículo 5º: El Departamento Ejecutivo reglamentará la presente dentro de los 60 días de promulgada la misma.
Artículo 6º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES, EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DOCE.