EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA 3239
Artículo 1°: El Municipio de Coronel de Marina Leonardo Rosales adhiere a la Ley 13.447 sobre promoción del Voluntariado Social.
Artículo 2º: Crease en el ámbito del Distrito de Coronel Rosales un Registro de Instituciones que practiquen el Voluntariado Social, de acuerdo a los alcances de la Ley citada en el artículo 1º de la presente, a los fines de determinar los antecedentes de las mismas y la evaluación de sus actividades.
Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo Municipal procederá a reglamentar la presente, disponiendo en forma detallada la operatividad, plazos de implementación, el procedimiento a seguir y los distintos aspectos relacionados con la misma que permitan su más efectiva aplicación.
Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES, EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA A LOS CINCO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ.