EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE:

ORDENANZA  3168


Artículo 1º: Modifíquese el artículo 159 de la Ordenanza Nº 1999, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 159º: La venta, emisión, distribución o exposición o circulación de libros, revistas, fotografías, avisos, emblemas, carteles impresos, audiciones, grabaciones, imágenes, CD/DVD en todos sus formatos con contenidos no originales o no autorizados expresamente por su autor, pinturas u objetos de cualquier naturaleza que resulten inmorales o atentatorios a las buenas costumbres y que no estuvieren autorizados, serán sancionados con multa de DIEZ (10) a CIEN (100) módulos y/o decomiso e inutilización de los elementos empleados para cometer la falta y/o clausura hasta QUINCE (15) días. Las penas se aplicarán discriminadamente al editor, distribuidor, vendedor y todo aquel que resulte responsable de cualquier etapa de la comercialización.-

Artículo 2º:   Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.


DADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD DE PUNTA ALTA A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.