EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA LA PRESENTE
ORDENANZA 2955
Artículo 1º: Facultase al Departamento Ejecutivo a implementar en el Distrito de Coronel Rosales, el Plan de Atención Primaria de la Salud (A.P.S.), el cual dependerá del Área de Salud y Acción Social del Municipio.
Artículo 2º: El Objetivo principal del plan mencionado en el artículo 1º de la presente se basa en el funcionamiento óptimo de las Salas Médicas, las que deberán cumplir las siguientes funciones.
1. Asistencial: atender la demanda espontánea por patología, en las especialidades Clínica Médica, Pediatría, Medicina General y Odontología, asegurando el tratamiento oportuno y adecuado mediante la entrega de medicamentos y asistiendo la urgencia medica. Derivar a los centros de mayor complejidad (Hospital Municipal, Hospital Pena) a los pacientes cuya patología así lo requiera.
2. Preventiva: Control de crecimiento y Desarrollo del niño hasta los cinco años. Control y captación de embarazadas y puérperas. Catastro cito ginecológico. Catastro de TBC. Educación para la salud reproductiva. Control de enfermedades crónicas. Control de EDA (Enfermedad Diarreica Aguda). Control de la insuficiencia respiratoria aguda en el niño. Asistencia alimentaria con el Plan Vida a los niños menores de 5 años, niños desnutridos y embarazadas.
3. Social: Brindar asistencia social a los pacientes que lo requieran. Promover la participación de la comunidad en la programación, ejecución y evaluación de las acciones de salud, a través de las asambleas comunitarias.
Artículo 3º: Facultase al Departamento Ejecutivo, conforme lo considere necesario y en la medida de las necesidades que demanda el funcionamiento del Plan implementado por la presente, a efectuar la contratación de profesionales de las siguientes disciplinas:
Médicos Clínicos o Generalistas
Médicos Pediatras
Psicólogos
Médicos Ginecólogos
Odontólogos
Asistentes Sociales
Asimismo la labor de los profesionales afectados al Plan deberá encontrarse bajo la supervisión de un Coordinador de Área
Artículo 4º: Facultase al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones contables y presupuestarias que resulten necesarias a los efectos de la aplicación de la presente.
Artículo 5º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho Archívese.
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS ONCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL CINCO.