EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE:

ORDENANZA Nº 2735

 

Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante declara Patrimonio Arquitectónico, Histórico y Cultural, al edificio propiedad de la Asociación Española de Socorros Mutuos, sito en la calle Bernardo de Irigoyen 139 de la ciudad de Punta Alta.

Artículo 2º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal, a eximir del pago de las Tasas Municipales que correspondan, al inmueble mencionado en el Artículo 1º.

Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo colocará una placa identificatoria, mediante la cual se haga constar la calidad de Patrimonio Arquitectónico, Histórico y Cultural, del edificio en cuestión.          

Artículo 4º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias que resulten de la aplicación de la presente Ordenanza.    

Artículo 5º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-

 

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS TRECE DIAS MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL.