EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 2704
Artículo 1°: Modifícase el Artículo 4° de la Ordenanza N° 2.406, el cual tendrá la siguiente
redacción:
“Artículo 4°: Dónase a la Provincia de Buenos Aires, Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, la fracción de terreno con todo lo edificado y demás accesorios que contiene, sita en el ejido de Villa General Arias, y que en el Proyecto de Subdivisión obrante a fojas 3) y que se considera parte integrante de la presente, está designado con el N° 1, y mide 5,92 mts. al NE; 6 mts. en su ochava al Norte; 45,76 mts. al NO; 10,60 mts. por el SO y 50 mts. de fondo al Sur; lindando al NE con calle José Hernández, al NO con calle Las Guayanas, al SO con reserva para el Juzgado de Paz, y al Sur con Reserva Municipal. Superficie total 499,01 M2. Nomenclatura Catastral Circunscripción V, Sección E, Manzana 52, Parcela 1A.”
Artículo 2°: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.