EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 2704


Artículo 1°: Modifícase el  Artículo 4° de la Ordenanza N° 2.406, el cual tendrá la siguiente 
redacción:

“Artículo 4°: Dónase a la Provincia de Buenos Aires, Ministerio  de Justicia  y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires,  la  fracción  de  terreno  con todo lo edificado y  demás accesorios que contiene, sita en el ejido de Villa General Arias, y que en el Proyecto de  Subdivisión  obrante a fojas 3) y que se considera parte integrante de la presente, está designado con el N° 1, y mide 5,92 mts. al NE; 6 mts.  en su ochava al Norte; 45,76 mts. al NO;  10,60  mts.  por  el  SO  y 50  mts.  de  fondo  al  Sur;  lindando  al  NE  con calle José Hernández, al NO con calle Las Guayanas,  al  SO con reserva para el Juzgado de Paz,  y  al Sur con Reserva Municipal.  Superficie total  499,01 M2.  Nomenclatura Catastral Circunscripción V, Sección E, Manzana 52, Parcela 1A.”
   
Artículo 2°: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.