EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 2.622


Artículo 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar con el Banco de la Provincia de Buenos Aires, un empréstito por la cantidad de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 450.000.-) que se amortizará en cuotas semestrales y consecutivas, en un período de 6 años con el interés previsto según Ley 10.753 Renta Activa.

Artículo 2°: Los recursos provenientes de dicho empréstito se destinarán a financiar el pago  de obligaciones laborales que se mantienen con Empleados Municipales, en  concepto de Bonificación Anual por Eficiencia por los Ejercicios 1.994 y 1.995.

Artículo 3°: En garantía del fiel cumplimiento, autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a afectar hasta un 25% de los recursos ordinarios sin afectación, según lo establecido por el Artículo 49° de la Ley Orgánica Municipal.

Artículo 4°: El Departamento Ejecutivo Municipal preveerá en los Presupuestos correspondientes, partidas con créditos suficientes para atender los servicios de amortización e intereses del empréstito.

Artículo 5°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a crear en el Cálculo de Recursos vigente los conceptos necesarios para ingresar los fondos respectivos a consecuencia del otorgamiento del préstamo y efectuar las adecuaciones contables correspondientes.

 Artículo 6°: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.