EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 2402
Corresponde Expte. D-435/93.
Artículo 1º: Créase el Fondo Municipal de Proyectos Productivos de micro-Empresas y Mini-Emprendimientos Familiares. El citado fondo se constituirá con la afectación de los recursos provenientes de:
a)-PRONAPE/93 del Gobierno Nacional;
b)-Acción Social de la Provincia de Buenos Aires.
c)-Recupero de los créditos otorgados.
Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo procederá a la apertura de una cuenta en el Banco de la Provincial de Buenos Aires Sucursal Punta Alta, que se utilizará exclusivamente para las operaciones del fondo creado por el Artículo 1º.
Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo reglamentará la presente Ordenanza respetando las pautas expuestas en los Anexos I, II y III, que se adjuntan y forman parte de la presente Ordenanza.
Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.