EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 2381

Corresponde Expte. S-121/93.


Artículo 1º: Que el Departamento Ejecutivo disponga el cercado con alambre de púas realizado  en cinco (5) hilos, en el perímetro correspondiente al predio delimitado por las calles: La Plata, Falucho, H. Yrigoyen y Dufaurq, que corresponde a la plaza cuya denominación es "Rivadavia".

Artículo 2º: Que el Departamento Ejecutivo disponga de personal para realizar las tareas de la delineación interna de la plaza de acuerdo al criterio del ente respectivo.

Artículo 3º: Que la tarea del plantado de las especies forestales compatibles con las características del suelo y del Barrio, sean entregadas por el departamento Ejecutivo a la Sociedad de Fomento "Villa Laura", a efectos que la misma a través de sus integrantes realicen la tarea de forestación.

Artículo 4º: Los gastos emergentes de la realización de la tareas y de los elementos a utilizar, deberán ser imputados al Presupuesto de Gastos y Recursos del Ejercicio 1993.

Artículo 5º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS DOCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.