EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 2.626


Artículo 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a celebrar con la Universidad Nacional del Sur, el Convenio cuyo Proyecto corre agregado a  fojas 2/3 del Expediente Letra “D” N° 299 - Año 1.997 - que rubricados por Secretaría forman parte de la presente -; aunque su texto se adecuará para dejar expresa constancia que la vinculación que se generará con los beneficiarios, no importará una relación de empleo público, y que aquella podrá ser interrumpida discrecionalmente por la Municipalidad, cuando razones de servicio así lo aconsejen.

Artículo 2°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a financiar los gastos que demande la aplicación de la presente Ordenanza, en la Partida 1.1.2..12.1.0. - Retribuciones a Entidades del Sector Público y Privado, por PESOS OCHO MIL CUATROCIENTOS ($ 8.400.-).

Artículo 3°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a financiar el monto previsto en el Artículo anterior de PESOS OCHO MIL CUATROCIENTOS ($ 8.400.-), a través de las adecuaciones en el Presupuesto de Gastos vigente, que considere pertinentes.

Artículo 4°: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.