EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL ROSALES SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA 4370
Artículo 1º. Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a la venta de los vehículos abandonados y chatarra ubicados en los corralones Municipales y/o depósitos a cargo de la Comuna y que cumplieran con los requisitos legales que permitan la enajenación de los mismos.
Artículo 2º. El Departamento Ejecutivo Municipal deberá remitir al Concejo Deliberante, previamente al cumplimiento del artículo precedente, un inventario de los bienes a enajenar para su toma de conocimiento.
Artículo 3º. Los fondos provenientes de la autorización expresada en el artículo 1° serán afectados a las partidas presupuestarias de la Secretaria de Obras y Servicios y de la Dirección de Tránsito en lo relativo a la reparación de la vía pública; señalamiento y seguridad vial; y repavimentación de la carpeta asfáltica del distrito.
Artículo 4: Se autoriza al Departamento Ejecutivo a realizar los movimientos presupuestarios pertinentes, y a la celebración de convenios con organismos y entidades que estime corresponder a los efectos del cumplimiento de los objetivos ambientales y logísticos de la presente.
Artículo 5°: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.