EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL ROSALES SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA 4268

derogada por ordenanza nº 4290


Artículo 1º: Autorícese la siguiente escala tarifaria para el servicio de Taxis en el Distrito:

•    VALOR DE LA BAJADA DE BANDERA    $450 (Pesos Cuatrocientos Cincuenta)
•    VALOR DE FICHA                                   $45 (Pesos cuarenta y cinco) 

Estas tarifas regirán las 24 hs. del día para los 365 días del año.

Artículo 2º: La copia de esta Ordenanza deberá exhibirse en un lugar visible dentro del vehículo.

Artículo 3º: La aplicación de lo establecido en la presente entrará en vigencia a partir de su promulgación.

Artículo 4 º: Deróguese la Ordenanza Nº 4.252 y toda norma que se oponga a la presente.

Artículo 5º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-


SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.