EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL ROSALES SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA 4237

derogada por ordenanza nº 4252

 

Artículo 1º: Autorícese la siguiente escala tarifaria para el servicio de Taxis en el Distrito:

•    VALOR DE LA BAJADA DE BANDERA    $250 (PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA)
•    VALOR DE FICHA                $25 (PESOS VEINTICINCO) 

Estas tarifas regirán las 24 hs. del día para los 365 días del año.

Artículo 2º: La copia de esta Ordenanza deberá exhibirse en un lugar visible dentro del vehículo.-

Artículo 3º: La aplicación de lo establecido en la presente entrará en vigencia a partir de su promulgación.-

Artículo 4 º: Deróguese la Ordenanza Nº 4.206 y toda norma que se oponga a la presente.-

Artículo 5º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-

 

SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.