EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA 3983


Artículo 1º: Dispóngase que excepcionalmente y por única vez, los interesados en gestionar la licencia respectiva para la prestación del servicio de taxi podrán solicitar la excepción al inciso a) del Artículo 21º - Titulo III - De los Vehículos – Capítulo I - De las Características – Ordenanza Municipal Nº 3.592. Para dicha excepción se autoriza la incorporación de vehículos cuyo modelo no podrá superar los tres (3) años de antigüedad respecto de su inscripción inicial por ante el Registro de la Propiedad Automotor y su kilometraje deberá estar por debajo del límite de los ochenta mil kilómetros (80.000 km.) de recorrido.

Artículo 2º: El beneficio dispuesto en el Artículo anterior permanecerá vigente desde la promulgación de la presente Ordenanza hasta el 31 de diciembre de 2021.-

Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-


SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.