EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE:
ORDENANZA 3810
derogada por ordenanza nº 3864
Artículo 1º: Autorizase la siguiente escala tarifaria para el servicio de Taxis en Coronel Rosales:
VALOR DE LA BAJADA DE BANDERA $ 35,00
VALOR DE LOS 100 METROS RECORRIDOS $ 2,00
Estas tarifas regirán las 24 horas del día, para los 365 días del año.
Artículo 2º: Copia de esta Ordenanza deberá exhibirse en un lugar visible dentro del vehículo.
Artículo 3º: La aplicación de lo establecido en la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de su promulgación
Artículo 4º: Derogase la Ordenanza Nº 3748 y toda otra norma que se oponga a la presente.
Artículo 5°: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.