EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE:
ORDENANZA 3419
ARTICULO 1°: Autorizase el uso de la tecnología de Firma Digital en todas las dependencias de la Municipalidad de Coronel Rosales, tanto en aquellas que se hallan adscriptas a la órbita del Departamento Ejecutivo y del Concejo Deliberante, como así también todo otro organismo descentralizado del Estado local.
ARTICULO 2°: Para la concreción de lo establecido en el artículo 1º, dispónese la adhesión de la Municipalidad de Coronel Rosales a la Ley Provincial 13366 que autoriza el empleo de la Firma Digital en los términos planteados por la Ley Nacional 25506 y su Decreto Reglamentario 2628/02.
ARTICULO 3°: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal el desarrollo de las herramientas y gestiones necesarias para la implementación de la tecnología de Firma Digital, propiciando su uso extendido y masivo, tanto en las aplicaciones de gestión interna de la administración, como en aquellas que impliquen interacción con terceras partes (ciudadanos, organizaciones sociales y privadas, otros estados, etc).
ARTICULO 4°: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal la implementación gradual de la tecnología de Firma Digital, fijándose como meta inicial su aplicación en al menos un circuito administrativo, en el término de un (1) año a partir de promulgada la presente.
ARTICULO 5°: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL TRECE.