EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE:

ORDENANZA 3178

DEROGADA POR ORDENANZA 3274

 

Artículo 1º: Autorízase en el Distrito de Coronel Rosales a aplicar la escala tarifaria para el Servicio de Taxis que a continuación se detalla:

POR BAJADA DE BANDERA                                       $ 2.00
POR KILOMETRO RECORRIDO                                   $ 2.50
LA TARIFA MÍNIMA A COBRAR SERÁ DE                   $ 4.50
(Comprende la Bajada de Bandera más 1 (un) Kilómetro de recorrido)

Estas tarifas regirán las 24 horas del día, para los 365 días del año.

Artículo 2º: Copia de esta Ordenanza deberá exhibirse en un lugar visible dentro del vehículo.

Artículo 3º: La aplicación de lo establecido en la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de su promulgación por el Departamento Ejecutivo.

Artículo 4º: Derógase la Ordenanza Nº 3104/08 y toda otra norma que se oponga a la presente.

Artículo 5º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE PUNTA ALTA PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO.