EL HONORABLE CONCEJO DELlBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA 3065
modificada por ordenanza nº 3596
modificada por ordenanza nº 3781
modificada por ordenanza nº 3819
modificada por ordenanza nº 3945
derogada por ordenanza nº 4368
TITULO l: Creando la Mesa Productiva de Coronel Rosales
ARTICULO 1º: Crease la MESA PRODUCTIVA DE CORONEL ROSALES, cuyos objetivos y funcionamiento se regirán por las disposiciones de la presente Ordenanza.
TITULO ll: DE SU CONFORMACION E INTEGRANTES
ARTICULO 2º: (Modificada por Ordenanzas 3781, 3819 y 3945) La conformación de la mesa establecida en el artículo anterior estará integrada por:
1) Un (1) Representante del Departamento Ejecutivo
2) Dos (2) Representantes del Honorable Concejo Deliberante, de los cuales uno representara al bloque oficialista y uno a la oposición.
3) Un (1) Representante del Puerto de Coronel Rosales.
4) Un (1) Representante del Ente Zona Franca Bahía Blanca y Coronel Rosales.
5) Un (1) Representante de la Armada Nacional.
6) Un (1) Representante de la U.C.I.A.P.A.
7) Un (1) Representante de la Federación Agraria Argentina.
8) Un (1) Representante de la Cámara de Reparaciones Navales y Actividades Portuarias.
9) Un (1) Representante de la C.G.T. Delegación Punta Alta.
10) Un (1) Representante de A.T.E. Filial Punta Alta.
11) Un (1) Representante de PE.CI.FA.
12) Un (1) Representante de C.T.A.
13) Un (1) Representante de A.P.C.J.
14) Un (1) Representante de S.A.O.N.
15) Un (1) Representante de C.E.P.A.
16) Un (1) Representante de S.O.M.U.
17) Un (1) Representante de CAMARyA
Las entidades mencionadas deberán ser notificadas dentro de los diez días de sancionada esta ordenanza a efectos de que se sirvan designar sus representantes titulares y respectivos suplentes”.
Artículo 2º BIS: (Introducido por Ordenanza 3781). Los integrantes que conformen la Mesa Productiva de Coronel Rosales se renovaran cada vez que se renueve la conformación del Honorable Concejo Deliberante. Sin perjuicio de ello, si alguno de los miembros desea renunciar a la integración de la misma, deberá ser reemplazado a la brevedad”.-
TITULO III: DE LOS OBJETIVOS
ARTÍCULO 3°: (Modificado por Ordenanza 3781) Son objetivos de la Mesa de la Producción de Coronel Rosales:
• Incentivar políticas productivas.
• Gestionar ante las autoridades Nacionales, Provinciales y Municipales temas inherentes a sus objetivos.
• Articular mecanismos que potencien los factores de las micro, pequeñas y medianas empresas locales.
• Alentar la constitución de cooperativas de productores.
• Apoyar y promover el fortalecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas locales.
• Capacitar e incorporar a los trabajadores locales a través de sus organizaciones sindicales en los procesos de producción del Distrito de Coronel Rosales.
La enumeración que antecede es indicativa por lo que la Mesa de la Producción de Coronel Rosales podrá realizar todas las acciones y actividades que resulten necesarias para el cumplimiento de sus objetivos”.
DE SU FUNCIONAMIENTO
ARTICULO 4º. A los efectos de establecer su funcionamiento la Mesa Productiva de Coronel Rosales podrá dictarse su reglamento el cual deberá aprobarse por la totalidad de sus integrantes.
Artículo 4º BIS: (Introducido por Ordenanza 3781) La primera convocatoria a reunión e integración luego de la reconfiguración del Honorable Concejo Deliberante estará a cargo de la Presidencia de ese cuerpo. Una vez conformada la misma, los próximas invitaciones se realizarán por los representantes del Honorable Concejo Deliberante que hubiesen sido designados
DE LAS COMISIONES ASESORAS Y DE LA INCORPORACIÓN A LA MESA
PRODUCTIVA
ARTICULO 5º: (Modificado por Ordenanza 3596) Toda otra institución intermedia, gremial, O.N.G., empresarial, o comercial, que no esté contemplada en el Artículo 2º de la presente ordenanza y que desee incorporarse a la Mesa Productiva o algunas de las sub-comisiones que se pudiesen establecer, deberá solicitarlo por escrito, siendo el único requisito indispensable para su incorporación tener personería jurídica y/o gremial. Los Organismos Nacionales, Provinciales y Municipales que se incorporen deberán estar ligados a la producción y al desarrollo del Distrito de Coronel Rosales.-
ARTICULO 6º: La Mesa Productiva de Coronel Rosales, podrá crear si así lo estima conveniente distintas comisiones relacionadas con sus objetivos.
Serán organismos de consulta de la Mesa Productiva de Coronel Rosales:
1) La delegación local del INTA
2) Universidad Nacional del Sur.
3) Universidad Provincial del Sudoeste
4) Universidad Tecnológica Nacional
ARTICULO 7°: Registrase, Comuníquese, Dese al Boletín Hecho. Archivese.
DADA EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD DE PUNTA ALTA AD REFERENDUM A LOS CINCO DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL OCHO.