EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA 3047

 

ARTICULO 1: Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir el convenio adjunto, con el Ministerio de Desarrollo Humano, tendiente a subvencionar en el marco del Programa “Hogar de ancianos”, la atención gratuita de diez (10) personas mayores de ambos sexos, de 60 años en adelante, que se encuentren en situación de riesgo y que necesiten de este aporte para satisfacer las necesidades básicas, determinándose que la subvención mensual por cada persona mayor será de Pesos trescientos cincuenta ($ 350), monto que permanecerá invariable hasta que el Ministerio de Desarrollo Humano disponga su modificación, por Resolución fundada.-

ARTICULO 2º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE  CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD DE PUNTA ALTA EN SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA A LOS ONCE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL SIETE.