EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA 2862


Artículo 1º:  Modifícase el capítulo VIII Derechos de Oficina- artículo 14º apartado “22” de la Secretaría de Gobierno y Hacienda de la Ordenanza Impositiva vigente el que quedara redactado de la siguiente manera:

22-  Por tramitación de licencia conductor     
1-    Por primera vez y/o por cada renovación de 1 año    38,80
2-    Por primera vez y/o por cada renovación de 2 año    74,63
3-    Por primera vez y/o por cada renovación de 3 años    149,25
4-    Por primera vez y/o por cada renovación de 5 años    194,03
5-    Por primera vez y/o por cada renovación hasta 25 años de edad    74,63
6-    Por cada duplicado solicitado por extravío o robo del original    104,47
7-    Por cada renovación de aptitud física o cambio de categoría    44,78
            
En el caso de Ex -Soldados conscriptos combatientes de la Guerra del Atlántico Sur y de civiles cumpliendo funciones en el Teatro de Operaciones Malvinas o en el Teatro de Operaciones del Atlántico Sur en los términos de la Ord. 2703/99, sobre los valores antes determinados se efectuará un descuento del 50% .Están exentos del pago de los derechos por licencia de conducir los  agentes municipales que se desempeñen como choferes en la forma que determine la reglamentación     
            

Artículo 2º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.


SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA DE  CELEBRADA A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE MAYO  DEL AÑO DOS MIL TRES.