EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA 2862
Artículo 1º: Modifícase el capítulo VIII Derechos de Oficina- artículo 14º apartado “22” de la Secretaría de Gobierno y Hacienda de la Ordenanza Impositiva vigente el que quedara redactado de la siguiente manera:
22- Por tramitación de licencia conductor
1- Por primera vez y/o por cada renovación de 1 año 38,80
2- Por primera vez y/o por cada renovación de 2 año 74,63
3- Por primera vez y/o por cada renovación de 3 años 149,25
4- Por primera vez y/o por cada renovación de 5 años 194,03
5- Por primera vez y/o por cada renovación hasta 25 años de edad 74,63
6- Por cada duplicado solicitado por extravío o robo del original 104,47
7- Por cada renovación de aptitud física o cambio de categoría 44,78
En el caso de Ex -Soldados conscriptos combatientes de la Guerra del Atlántico Sur y de civiles cumpliendo funciones en el Teatro de Operaciones Malvinas o en el Teatro de Operaciones del Atlántico Sur en los términos de la Ord. 2703/99, sobre los valores antes determinados se efectuará un descuento del 50% .Están exentos del pago de los derechos por licencia de conducir los agentes municipales que se desempeñen como choferes en la forma que determine la reglamentación
Artículo 2º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA DE CELEBRADA A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL TRES.