EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE:
ORDENANZA 2763
Artículo 1º: Créase la Cuenta Especial “RED DE DESARROLLO INTEGRAL PARA ADOLESCENTES Y JÓVENES DE PUNTA ALTA – FINANCIACION LOCAL”
Artículo 2º: Los recursos para el funcionamiento del Proyecto tendrán su origen en los siguientes conceptos:
- Las subvenciones, donaciones, legados, aportes y contribuciones provenientes de personas y/o entidades cualquiera sea su naturaleza jurídica.
- Recursos generados en el marco del Artículo 126º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Artículo 3º: Los gastos a imputar en la Cuenta Especial creada en el Artículo Primero, se realizarán respetando los fines, objetivos y estructura de costos dispuesta para el Proyecto RED DE DESARROLLO INTEGRAL PARA ADOLESCENTES Y JÓVENES DE PUNTA ALTA.
Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-
SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS DOCE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL.