EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 2541
Corresponde al Expte. D-732/95.
Artículo 1º: Declárase a la Municipalidad de Coronel de Marina Leonardo Rosales, adherida al Plan Provincial para la Generación de Mano de Obra Intensiva en obras de pavimentación, ratifíquese el Acta de adhesión que obra en el Anexo I y la formación de instrumentación del Plan.
Artículo 2º: Declárase de Utilidad Pública Municipal el Programa referido en el Artículo anterior y las obras a realizar.
Artículo 3º: Las calles sujetas a pavimentación de acuerdo a las disposiciones de esta Ordenanza, serán las que fije el Departamento Ejecutivo.
Artículo 4º: La forma de pago de las obras en la zona urbana y suburbana será por extensión lineal de frente.
Artículo 5º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a integrar los Consorcios, Cooperativas y toda otra forma asociativa necesaria para la realización del Plan, efectuando en las mismas los aportes correspondientes, y a realizar todas las gestiones conducentes para una efectiva concreción del Plan, firmando el Convenio definitivo, sus instructivos y anexos.
Artículo 6º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.