EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 2506 


Artículo 1º: Modifícase el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 2.406, el que quedará redactado de la siguiente forma:

“Artículo 4º: Dónase a la Provincia de Buenos Aires - Secretaria de Seguridad -  la fracción de terreno edificada, que forma parte del inmueble ubicado en el éjido de Villa General Arias, y que se designa catastralmente como: Circunscripción V, Sección E, Manzana 52, Parcela 1.a, que mide 5,92 metros al N.E. sobre la calle José Hernández; y 6 metros por el N. en su ochava; 45,76 metros por el N.O. sobre la calle Las Guayanas; 10,60 metros por el S.O., lindando con la reserva para el Juzgado de Paz y 50 metros de fondo por el S. lindando con la Reserva Munici-pal; y que en el Proyecto de Subdivisión de que informa el plano obrante a Fs. 3, y que tiene como parte integrante de la Presente - se designa con el número 1, y con una superficie de 499,01 metros cuadrados.”

Artículo 2º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.