EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 2438
Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a celebrar el Convenio que se adjunta como Anexo “A”, con el Ministerio de Salud y Bienestar social de la Provincia de Buenos Aires, relacionado con el otorgamiento de Becas para ancianos, el cual consta de dos (2) fojas útiles que forman parte de la presente.
Artículo 2º: Autorízase a la Contaduría General a realizar las correspondientes adecuaciones contables a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 1º de la presente.
Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA A LOS TRECE DIAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.