EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 2419 


Artículo 1º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar la construcción de Tres (3) refugios peatonales en el Consorcio Albatros XXVII de Villa Maio, en los siguientes sectores:

1.1. Calle Paso y Puerto Madryn (Manzana A)
1.2. Calle Paso y Ciudad de Carmelo (Manzana B)
1.3. Calle Paso e Italia (Manzana C)

Artículo 2º: Los gastos que demande la implementación de la presente Ordenanza, serán imputados a la partida correspondiente del Presupuesto de Cálculos y Recursos del Ejercicio Año 1994.

Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS 
NOVENTA Y TRES.