EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 2401 


Artículo 1º: Prorrógase la vigencia de la Ordenanza Nº 1.466, hasta el día 31 de diciembre de 1993.

Artículo 2º: La presente Ordenanza tendrá vigencia desde el 1º de octubre de 1993, fecha en que venció la prórroga establecida por la Ordenanza Nº 2.375.

Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.