EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 1890


Artículo 1º:  Ratifícase el Régimen implementado por Decreto Nº 366/88 para el otorgamiento del derecho de Explotación del Camping del Balneario Municipal Pehuen-Có, y la totalidad de las actuaciones cumplidas en el expediente letra: V, número 31, año 1988.

Artículo 2º:  Autorízase al Departamento Ejecutivo a adjudicar el derecho a que se refiere el Artículo 1º del presente, de conformidad con el dictamen que emita la Comisión Municipal de Turismo.

Artículo 3º:  Apruébase el modelo de contrato adjunto (Anexo I) para regir las relaciones con el adjudicatario del derecho de explotación del Camping Municipal del Balneario de Pehuen-Có y de proveeduría ubicada en el mismo.

Artículo 4º:  Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEITICINCO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.