EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 1890
Artículo 1º: Ratifícase el Régimen implementado por Decreto Nº 366/88 para el otorgamiento del derecho de Explotación del Camping del Balneario Municipal Pehuen-Có, y la totalidad de las actuaciones cumplidas en el expediente letra: V, número 31, año 1988.
Artículo 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a adjudicar el derecho a que se refiere el Artículo 1º del presente, de conformidad con el dictamen que emita la Comisión Municipal de Turismo.
Artículo 3º: Apruébase el modelo de contrato adjunto (Anexo I) para regir las relaciones con el adjudicatario del derecho de explotación del Camping Municipal del Balneario de Pehuen-Có y de proveeduría ubicada en el mismo.
Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEITICINCO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.