Ordenanza nº289
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº289
Artículo 1º: Autorizase al D.E a prorrogar hasta el 10 de Noviembre del corriente año, la Ordenanza Nº 272/58.-
Artículo 2º: De forma.-
Dada 12/9/58
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº289
Artículo 1º: Autorizase al D.E a prorrogar hasta el 10 de Noviembre del corriente año, la Ordenanza Nº 272/58.-
Artículo 2º: De forma.-
Dada 12/9/58
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº290
Ratifica la adhesión de la M.C.R, al régimen establecido por el decreto ley 3982 de la Intervención Provincial Bonaerense. Crea la Secretaria Municipal de Asistencia Social, el cuerpo técnico de dicha secretaria y el Consejo Asesor de la misma.-
Dada 5/9/58.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº291
Condona la deuda de los servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza de inmuebles referidos en los Anexos I y II de la presente Ordenanza, hasta tanto los mismos cumplan los destinos de bien público que rigen en la actualidad.-
Dada 6/10/58
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº292
modificada por ordenanza nº 329/59
Artículo 1º: Ratificase lo actuado por el Excomisionado Municipal, Sr. Daniel I. Estevez, en las transmisiones “Trevisan Aurelio o Aurelio Antonio”, su testamentería, ante el Juzgado Nº2 en lo Civil y Comercial, a cargo del Dr. Luis Francisco Bouzat, Secretaria Ramón Ferreyra García, del Departamento Judicial de Bahía Blanca, Expte. 37.611/57, aceptando el legado a favor del Hogar Municipal del Anciano “Bernardino Rivadavia”, cuyo importe definitivo asciende a la suma de “dieciocho mil cuarenta y siete Pesos con veinte centavos Moneda Nacional”.-
Artículo 2º: Autorizase al D.E a crear en los recursos extraordinarios del calculo de recursos vigente, el capítulo II, Donaciones y Legados “Donación Aurelio Trevisan”, para el hogar Municipal del Anciano “Bernardino Rivadavia” del presupuesto de Gastos vigente.-
”Autorizase al D.E a crear en los recursos extraordinarios del calculo de recursos vigente, el Capítulo II – Donaciones y Legados – Donación Aurelio Trevisán –; y revisar la partida Capítulo II – D.E – Inciso II, Item II, Subsidios, creando la partida III – Donación Aurelio Trevisán - para el Hogar Municipal del Anciano Bernardino Rivadavia, del presupuesto de Gastos Vigente.-"
Artículo 3º: De forma.-
Dada 6/10/58
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº293
Refuerza las cuentas especiales “Gastos de Pavimentación Anticipados” y “Comisión Oficial de Festejos y Cultura” dentro del presupuesto de Gastos Vigente.-
Dada 6/10/58.-