EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA 3871
Artículo 1º: Créase en el ámbito de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (O.M.I.C.) de la Municipalidad de Coronel Rosales –con ayuda de la Secretaría de Desarrollo Social de Coronel Rosales- el Registro de Personas con Vulnerabilidad Social.
Artículo 2º: Integrarán dicho Registro personas físicas alcanzas por los beneficios de las tarifas sociales y cualquier persona de la cual se acredite situación de vulnerabilidad fundada.
Artículo 3°: Será atribuciones de la O.M.I.C. en cuanto al Registro de Personas con Vulnerabilidad Social:
a) Realizar relevamiento estadísticos de la cantidad de beneficiarios, la evolución de los beneficios y el seguimiento de los mismos en cuanto a los plazos, renovaciones, condiciones para su continuidad y la correcta difusión de los derechos de los usuarios.
b) Comunicar a las licenciatarias de los servicios públicos de luz y de gas que se encuentra inscripto el consumidor reclamante en el Registro indicado en el Artículo 1º a los fines de implementar los mecanismos legalmente posibles para que las personas inscriptas en el mismo puedan cancelar los saldos deudores y eviten el corte del servicio.
c) Recibir y dar curso a inquietudes de denuncias de los consumidores en situación de vulnerabilidad.
d) Solicitar informes a entidades públicas y privadas en relación con el objeto de esta Ordenanza.
e) Realizar la difusión de la presente Ordenanza, como de los requisitos de acceso a las distintas tarifas sociales y descuentos tarifarios para personas físicas y jurídicas del Distrito.
f) Implementar anualmente un cronograma de atención en las diferentes localidades del Distrito a los fines de la exposición de la totalidad de los alcances de la presente.
Artículo 4°: Facúltese al Departamento Ejecutivo a la celebración de convenios con organismos nacionales y provinciales a los efectos del intercambio de informes y bases de datos con el fin de facilitar la accesibilidad de los vecinos de Coronel Rosales a los beneficios de Tarifa Social en los distintos servicios públicos.-
Artículo 5°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias que tengan como fin la aplicación de la presente.-
Artículo 6º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.