EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA 3855
Artículo 1º: Modifícase la Ordenanza 3818, en su Artículo 2º, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 2º: Refuércense todos los programas y recursos provistos por la Secretaría de Desarrollo Social, especialmente aquellos vinculados a la alimentación, productos de higiene, garrafa social, frazadas, colchones, materiales de construcción y otros que se consideren pertinentes”.-
Artículo 2º: Modifícase la Ordenanza 3818, en su Artículo 4º, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 4º: El Departamento Ejecutivo tendrá un plazo de treinta (30) días a partir de la sanción de la presente para su reglamentación”.-
Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.