EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA 3831

 

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar la venta de los materiales separados y clasificados en los procesos de tratamiento de los Residuos Sólidos Urbanos – entendiendo los mismos según la clasificación de los mismos dada por el Artículo 4° de la Ordenanza 3512- en el Distrito de Coronel de Marina Leonardo Rosales.-

Artículo 2°: Efectuase la venta del material reciclado conforme lo normado por el Artículo 159º inc. 3 - E (venta directa) de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-

Artículo 3°: Dispóngase que la totalidad de lo recaudado de la venta de residuos, autorizada por la presente, se destinará al desarrollo y cumplimiento de las previsiones establecidas por la Ordenanza 3512.-

Artículo 4°: El Departamento Ejecutivo deberá rendir semestralmente la evolución de lo recaudado y de los gastos efectuados por las disposiciones de la presente, al Honorable Concejo Deliberante para su toma de conocimiento, y publicar tales informes en la página web oficial del Municipio de Coronel Rosales.-

Artículo 5°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias pertinentes a los efectos de la plena vigencia de la presente.- 

Artículo 6°: Contémplese la creación de la cuenta “INGRESOS POR VENTA DE R.S.U” dentro de la elaboración del Proyecto de Presupuesto 2020 por parte del Departamento Ejecutivo

Artículo 7º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.