EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE:

ORDENANZA 3345


ARTÍCULO 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar la transmisión a título gratuito a favor de la CASA DEL DOCENTE DE CORONEL ROSALES, del inmueble designado Catastralmente como CIRC. VI – MZA. 14 – PARCELA 1, hasta su denominación definitiva una vez aprobado el correspondiente plano de subdivisión, ubicado sobre las calles Belgrano esquina Calle Martín García, que de acuerdo al croquis que se adjunta posee una superficie de 455,80 m2, correspondiéndole las siguientes dimensiones: 27,36 Mts. Sobre calle Belgrano, 4,00 de ochava, 23,05 mts. Sobre la prolongación de la calle Martín García, 20,00 mts. De lado orientado al sur y 12,11 mts. Cerrando el polígono, para ser utilizado para la ubicación de la “CASA DEL DOCENTE DE CORONEL ROSALES”, organización no gubernamental, conformada por docentes jubilados y en actividad, pertenecientes a distintas ramas de la Educación Pública (Educación Básica – Inicial – Especial – Técnica – Profesional – Superior – Psicología y Asistencia Social Escolar), cuyo croquis se adjunta al presente como Anexo I.

ARTICULO 2º: En el inmueble de referencia deberá procederse a la construcción del edificio destinado a su sede, donde deberán desarrollarse las actividades inherentes a su labor societaria.

ARTICULO 3º: Para la construcción del edificio deberán respetarse las normas edilicias y urbanísticas vigentes, debiendo disponer de una superficie libre destinada a estacionamiento y espacios verdes, no pudiendo la superficie a construir en Planta Baja superar el 50% total del terreno.

ARTICULO 4º: Determinase que la transmisión a título gratuito a que se refiere el Artículo 1º, se efectuará  con cargo de realizar la construcción mencionada estableciéndose un plazo de 10 años a partir de la sanción de la presente, para su concreción definitiva, produciéndose la retrocesión del dominio a esta Comuna, en caso de incumplimiento.

ARTICULO 5º: Todas las Construcciones a realizar deberán  contar con la aprobación previa de las Oficinas Técnicas Municipales.

ARTICULO 6º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.


SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES, EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA A LOS DIEZDIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DOCE.