EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE:

ORDENANZA 3181
 

Artículo 1º: Fíjese un importe equivalente al percibido por el Señor Intendente Municipal, en un todo de acuerdo al Decreto 266/06 del Departamento Ejecutivo, en concepto de Alojamiento y Comida a percibir por los Señores Concejales y Secretario Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de Coronel Rosales.

Artículo 2º: Liquídense los gastos ocasionados por traslados y movilidad, los que estarán sujetos a la presentación de los comprobantes respectivos.

Articulo 3º: Cualquier situación no contemplada en la presente Ordenanza será resuelta por el Presidente del Honorable Concejo Deliberante a través de decretos Ad Referendum del Honorable Concejo Deliberante. 

Artículo 4º: Los gastos que demanden la aplicación de la presente Ordenanza serán imputados al Presupuesto de Gastos vigente del Honorable Concejo Deliberante.

Articulo 5º: Deróguese la Ordenanza Nº 2319 y toda otra norma que se oponga a la presente.

Articulo 6º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE PUNTA ALTA PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES A LOS DOCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE.