EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA 3009
ARTICULO 1: Crease el Programa “Escuela Municipal de Deportes Especiales”, el que deberá estar orientado a niños, jóvenes y/o adultos del Partido de Coronel Rosales, con capacidades diferentes.
ARTICULO 2: El programa creado en el artículo primero de la presente, deberá funcionar en el ámbito de la Dirección de Deportes y/o en el área municipal que en el futuro desarrolle sus funciones, la que tendrá a su cargo la implementación y conducción del mismo.
ARTICULO 3: Las clases formativas implementadas con motivo del Programa previsto en la presente deberán estar a cargo de Profesores de Educación Física dependientes de la Dirección de Deportes y/o del área municipal que en el futuro desarrolle sus funciones, con título habilitante aprobado por las autoridades competentes en la materia.
ARTICULO 4: Programa “Escuela Municipal de Deportes Especiales”, contemplará las siguientes funciones:
a) Brindar al menos dos clases- estímulos semanales, de una hora de duración cada una, persiguiendo el desarrollo integral de los alumnos.
b) Realizar torneos y actividades, propias o compartidas con Federaciones o Instituciones Deportivas, tendiendo a la integración social de los alumnos.
c) Efectuar actividades recreativas, fomentando especialmente el contacto con la naturaleza.
ARTICULO 5: El Departamento Ejecutivo a través de la Dirección de Deportes y/o del área municipal que en el futuro desarrolle sus funciones, deberá constituir en la órbita del Programa, una Comisión de Asesoramiento, la que estará integrada por profesionales y especialistas de las distintas ciencias aplicadas a la educación especial, medicina deportiva y psicopedagogía, la que tendrá por finalidad asesorar y colaborar en el funcionamiento pedagógico del Programa implementado por la presente.-
ARTICULO 6: Facúltese al Departamento Ejecutivo a efectuar la adecuaciones presupuestarias pertinentes a fin de llevar adelante la creación y funcionamiento del Programa “Escuela Municipal de Deportes Especiales”.
ARTICULO 7: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.